Rasgos del acoso laboral o mobbing

Por Àlex Fontelles, abogado laboralista

Como ya hemos comentado en anteriores posts sore acoso, las fases o rasgos del mobbing no son reglas matemáticas, el siguiente artículo se centra en la experiencia de nuestro despacho con los numerosos casos de acoso que hemos tenido a lo largo de estos años. Podemos determinar que hay unos patrones concretos que se van cumpliendo de manera recurrente, y que desgraciadamente suelen terminar de la misma manera. En el acosado que tiene que dejar la empresa.

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Como hemos explicado en anteriores posts, estos rasgos del acoso laboral no se tienen que cumplir a rajatabla, pero suelen ser identificadores comunes. Hoy destacamos siete puntos característicos de los rasgos del mobbing:

Rasgos del mobbing

• Identificar las dos partes
• Asimetría
• Intencionalidad
• Frecuencia
• Duración
• Destino
• Objetivo

Identificar dos partes


Tiene que haber dos partes, la primera una víctima y por otro lado uno o varios acosadores, ya sean directos que lo provocan o colaboradores necesarios que lo permiten o no lo denuncian.

Asimetría

Aquí no estamos hablando de dos personas que tienen una discrepancia, estamos hablando de una parte fuerte, que es la parte de la empresa, la que paga la nómina de la que depende el trabajador, y una parte débil que está en una situación de inferioridad.

Intencionalidad

Detrás de una acoso laboral, hay un móvil. Normalmente el motivo es económico pero puede ser de cualquier índole.

Duración

Una situación de acoso laboral, no es un hecho aislado. Todos podemos tener un mal día y hacer un comentario fuera de lugar, dar una orden contradictoria a un subordinado, etc. La jurisprudencia habla de una duración de seis meses para que se produzca el acoso, que la situación esté consolidada, que se hayan intentado tomar medidas y que persista.

Frecuencia

Como estamos hablando de muchos indicios de acoso laboral. La doctrina lo cataloga en 45 tipos de situaciones, no hace falta que se den todas y cada una de ellas cada día, pero sí que se deben ir reproduciendo en el tiempo.

Destino

Hablamos de acoso cuando está orientado a una persona en concreto y no a un grupo de personas. El principal rasgo del acoso es que el trabajador se siente discriminado. Unos trabajadores que se ven perjudicados por un ERE, por ejemplo, podría ser una situación injusta pero no se trataría de un acoso, porque falta un elemento de discriminación particular.

Objetivo

El objetivo principal (pueden haber otros) es que el trabajador acabe abandonando el lugar de trabajo.

Bufete de abogados laboralista: Fontelles Advocats

Si tienes más dudas o quieres profundizar acerca del acoso laboral, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Somo un bufete de abogados laboralista, especializado en acoso laboral y mobbing.

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