Mobbing o acoso laboral, ¿cuáles son las conductas más comunes?

Por Àlex Fontelles, abogado laboralista

Debemos conocer que cuando en el trabajo se da alguna de estas conductas hostiles, estamos ante un caso de acoso moral o mobbing. Estos comportamientos se agrupan según el tipo de conducta que el acosador lleva a cabo sobre la víctima. Veamos:

Casos de mobbing o atentados contra las condiciones de trabajo:

Cuando se retira la autonomía a la víctima/trabajador.

No se le transmiten las informaciones útiles para el desarrollo de sus tareas.

Se aplican sistemáticamente todas sus decisiones.

Se critica su trabajo de manera injusta y exageradamente.

Se niega a la víctima el acceso a los instrumentos de trabajo: teléfono, fax, ordenador.

Se le retira el trabajo que solía realizar habitualmente, dándoselo a otro trabajador, por ejemplo.

Se le dan constantemente tareas nuevas.

Se le atribuyen voluntaria y sistemáticamente tareas inferiores o superiores a sus competencias.

Se hace presión para que no haga valer sus derechos (permisos, horarios, primas).

Se logra que no se promocione con el objetivo de que la víctima pierda su autoestima.

Se le atribuyen trabajos incompatibles en contra de su voluntad.

Se ocasionan desperfectos en su lugar de trabajo (se le quita el ordenador, se le borran documentos con tal de que no pueda trabajar, se le quita el teléfono, el correo, etc.).

Se le dan deliberadamente consignas imposibles de ejecutar, aprovechando la ocasión para desvalorar a la víctima y echarle en cara que es una inútil porque no sabe hacer su trabajo.

No se tienen en cuenta los avisos médicos cursados por el médico de la empresa (por ejemplo, cuando el médico de la empresa reconoce la existencia de un trastorno de ansiedad a raíz del trabajo pero la empresa responsable no hace nada al respecto para solventar la situación, sino que hace caso omiso agravándola).

Se le empuja al error, dudando del trabajo bien hecho.

Asesoramiento-laboral-de-un-abogado

Aislamiento y rechazo de la comunicación, causas del mobbing o acoso laboral

Se interrumpe constantemente a la víctima para no escucharla, no se le deja dar su opinión.

Sus superiores jerárquicos o sus colegas dejan de hablarle (normalmente, por órdenes de los jefes).

La comunicación con el trabajador acosado se realiza sólo por escrito.

Se rechaza incluso el contacto visual con esa persona.

Se la instala apartada de los demás trabajadores, para que no pueda relacionarse con nadie (por ejemplo, poniendo su mesa de cara a la pared y totalmente apartada del resto de compañeros).

Se ignora su presencia dirigiéndose únicamente a los demás y como si el acosado no existiera.

Se le prohíbe a los colegas que le hablen.

No se le permite hablar con los demás.

La dirección empresarial rechaza cualquier petición de entrevista.

Atentados contra la dignidad

Se utilizan observaciones despectivas para calificarla (como por ejemplo: eres un inútil, no sabes hacer nada, todo lo haces mal, eres un tonto, eres un memo, se te ha parado el cerebro, etc…).

Se utilizan gestos de desprecio dirigidos a la víctima como suspiros, miradas despectivas, encoger los hombros, etc…

Se le desacredita ante el resto de compañeros, sean éstos superiores o subordinados (no sabe hacer nada, no le hagáis caso, no os fieis de él,…).

Se hacen circular rumores relativos a la víctima (p.e. que está enferma).

Se le atribuyen problemas psicológicos (se tilda al trabajador de enfermo mental).

Se ridiculizan sus minusvalías o su físico; se le imita o caricaturiza.

Se critica su vida privada.

Se ridiculizan sus orígenes o su nacionalidad.

Se atacan sus creencias religiosas o sus convicciones políticas.

Se le atribuyen tareas humillantes (inferiores a su categoría profesional).

Se le injuria en términos obscenos o degradantes.

Violencia verbal, física o sexual:

Se cohibe a la víctima con amenazas de violencia física.

Se le agrede físicamente, aunque de forma leve: se le empuja, se le cierra la puerta en las narices.

Se le grita (p.e. qué es esta mierda, arrodíllate y pídeme perdón, etc…).

Se invade su vida privada con llamadas telefónicas y cartas (por ejemplo, durante el fin de semana o durante sus vacaciones se le llama para preguntarle cosas del trabajo).

Se le sigue por la calle, se le acecha ante su domicilio.

Se ocasionan desperfectos en su vehículo (ralladuras, pinchazos en la rueda).

Se acosa a la víctima o agrede sexualmente (con gestos o con expresiones).

No se tienen en cuenta sus problemas de salud (aun habiendo informado de su delicado estado de salud y la necesidad de un cambio de puesto, por ejemplo, la empresa hace caso omiso y niega ningún problema psicológico de la víctima, aun habiendo un informe médico).

Todas estas conductas, aunque puedan parecer extrañas son muy frecuentes en los puestos de trabajo. Muchas veces incluso, el trabajador piensa que son situaciones totalmente normales y que deben tolerarse pero no es así. Todas ellas no deben tolerarse, pues atentan contra los derechos fundamentales de los trabajadores. Y de ello, cada vez más, la sociedad es más consciente.

Ante un acoso, conoce tus derechos

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