¿Es válido el despido verbal?

Por Àlex Fontelles, abogado laboralista

Quizás en algún momento un superior de tu empresa te ha comentado a ti o un compañero que no hace falta que vuelvas más a tu lugar de trabajo. En Fontelles Advocats hemos llevado casos de numerosos clientes que en estos últimos años de crisis económica han sufrido una situación parecida. Ante la insistencia de algunos de nuestros lectores del blog, hoy deseamos tratar este tema formulando la siguiente pregunta; ¿Es válido el despido verbal?

¿Me pueden despedir verbalmente?

Para empezar, recordar que un despido verbal no es la forma apropiada para un despido puesto que en virtud del artículo 55.1 del estatuto de los trabajadores no se cumplen los tres requisitos fundamentales;

  • En primer lugar, la comunicación tiene que ser escrita, por lo tanto la empresa debe comunicarlo de manera escrita a través de una carta o burofax al trabajador.
  • En segundo lugar, en dicha carta se deben exponer los motivos por los cuales el trabajador está despedido
  • En tercer lugar debe aparecer la fecha en la cual tendrá efecto este despido.
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¿Qué hacer si recibo un despido verbal?

El requisito de la carta es fundamental, por lo que un despido verbal propiamente no es válido y podría ser declarado improcedente automáticamente puesto que formalmente no cumple con el requisito de que la comunicación haya sido por escrito.

Si se produce un despido verbal, nuestra recomendación para el trabajador es que inste a la empresa a que le emita una carta explicando los motivos del cese. Si ésta se niega a hacerlo, el trabajador debe enviar un burofax a la empresa antes de los veinte días para que le diga los motivos por los cuáles ha sido despedido. De esta manera el trabajador ya se cubre si se tiene que emprender una acción de despido, ya que siempre se puede constatar que se ha enviado un burofax.

Con esta simple ación el trabajador consigue una prueba muy importante ya que se asegura dejar claro que no ha sido una baja voluntaria suya sino que verbalmente se le comunicó que no volviera a trabajar más en la empresa.

En cualquier caso para cualquier consulta en relación a este tema o si se encuentran en situación similar pueden consultar con estos profesionales de Fontelles Advocats. www.fontelles.com Más información: Estatuto de los trabajadores.

Fontelles Abogados
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