Calculadora de despido

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Formulario para cálculo de la cuantía de las indemnizaciones laborales por extinciones de contrato de trabajo

Herramienta no oficial. Resultados orientativos, sin carácter vinculante.

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Calculadora de despidos

En Fontelles Advocats ponemos a tu disposición una calculadora de despidos pensada para que, en pocos minutos, puedas obtener una estimación clara de lo que te correspondería cobrar en caso de extinción del contrato. Es un servicio gratuito y práctico, útil tanto si te han entregado una carta de despido como si estás valorando opciones ante un cambio relevante en tus condiciones de trabajo.

Nuestra calculadora se apoya en los criterios habituales de cálculo de indemnización por despido. El objetivo es que tengas una cifra orientativa y, sobre todo, un marco para entender por qué la cantidad puede variar según el supuesto (no es lo mismo un despido objetivo que un improcedente, ni una rescisión por movilidad geográfica que el fin de un contrato temporal).

Qué puedes calcular con la herramienta

La calculadora de despido actualizada conforme a la legislación española permite estimar importes en los escenarios más frecuentes y también en supuestos específicos previstos por la normativa laboral. Entre otros:

  • cálculo de despido improcedente
  • cálculo de despido objetivo
  • cálculo de despido colectivo
  • cálculo de despido por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas
  • cálculo por resolución del contrato a instancia del trabajador por incumplimiento grave del empresario (extinción indemnizada)
  • cálculo por extinción a instancia del trabajador por movilidad geográfica o por modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo
  • cálculo por fuerza mayor o por traslado, cuando la extinción con indemnización sea la opción aplicable
  • cálculo por finalización de contrato temporal
  • cálculo por extinción vinculada a la personalidad jurídica, o por fallecimiento, incapacidad o jubilación del empresario, según corresponda
  • supuestos especiales protegidos (por ejemplo, víctimas de violencia de género, violencia sexual o terrorismo), cuando la normativa reconoce derechos específicos de protección y opciones de extinción

Además, si tu relación laboral se encuadra en modalidades contractuales anteriores (por ejemplo, contratos firmados bajo regímenes hoy derogados), la herramienta contempla los criterios transitorios que pueden afectar al cálculo.

Cómo se calcula la indemnización por despido improcedente

Cuando un despido se declara improcedente, la indemnización se calcula, con carácter general, a razón de 33 días de salario por año trabajado, con el límite de 24 mensualidades. Si el contrato es anterior al 12 de febrero de 2012, el cálculo suele hacerse por tramos: 45 días por año por el tiempo trabajado hasta esa fecha y 33 días por año a partir de entonces, con los topes que establece el régimen transitorio. Esta distinción es clave y evita errores muy comunes cuando hay antigüedades largas.

Por qué el resultado puede cambiar en la práctica

Una calculadora es una excelente primera foto, pero cada caso tiene matices que pueden alterar el resultado: qué conceptos salariales computan, si hay variables o incentivos, si existe prorrata de pagas, cuál es el convenio aplicable, si ha habido reducciones de jornada, periodos de suspensión, cambios contractuales, o si el despido cumple (o no) requisitos formales.

Por eso, en fontelles advocats usamos la calculadora como punto de partida: te ayuda a entender el orden de magnitud y te permite llegar a la consulta con una base sólida. Si necesitas una revisión completa, analizamos tu documentación (contrato, nóminas, carta de despido, comunicaciones internas y vida laboral) y te indicamos la mejor estrategia: negociación, papeleta de conciliación y, si procede, demanda.

Calculadora para diferentes tipos de despido

En Fontelles Advocats ponemos a tu disposición una calculadora de despidos en España, gratuita y pensada para que puedas estimar, de forma clara, cuánto podrías cobrar según tu situación.

Nuestra calculadora está orientada a los supuestos más habituales del estatuto de los trabajadores: despido improcedente, despido objetivo, despido colectivo y extinciones con derecho a indemnización cuando la finalización del contrato no depende solo de un “despido” en sentido estricto. El objetivo es que obtengas una cifra orientativa, coherente con el marco legal vigente, para tomar decisiones con información antes de negociar o reclamar.

Calculadora despido improcedente

El despido improcedente es el escenario que se produce cuando, tras una impugnación, el despido no queda justificado (por falta de causa, defectos formales relevantes o insuficiencia probatoria, entre otros). La indemnización general se calcula a razón de 33 días de salario por año de servicio, prorrateando por meses los periodos inferiores al año, con un tope de 24 mensualidades.

Hay una regla transitoria importante si el contrato es anterior al 12 de febrero de 2012: el cálculo se hace en doble tramo (45 días por año por el tiempo trabajado hasta esa fecha y 33 días por año a partir de entonces), con límites máximos específicos. Nuestra calculadora contempla este doble cómputo para que el resultado no “pierda” antigüedad.

Calculadora despido objetivo

El despido objetivo permite extinguir el contrato por causas tasadas (ineptitud sobrevenida, falta de adaptación tras cambios técnicos con formación previa, y causas económicas, técnicas, organizativas o de producción cuando no se alcanzan los umbrales del despido colectivo, entre otras).

A nivel indemnizatorio, el mínimo legal asociado a la extinción por causas objetivas se articula con la puesta a disposición de una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, prorrateada por meses, con un máximo de 12 mensualidades.

En la práctica, un buen cálculo exige fijar bien: fecha de inicio y fin, salario regulador (incluyendo o no ciertos conceptos, según correspondan) y antigüedad computable. La calculadora te guía para estimar el resultado con esos datos básicos y distinguirlo del finiquito, que se suma aparte.

Calculadora de despido por extinción por causas objetivas y trabajador indefinido no fijo

Cuando la causa objetiva está vinculada a motivos económicos, técnicos, organizativos o productivos, conviene entender qué se considera cada cosa. Para despido colectivo, por ejemplo, se define causa económica como una situación económica negativa (pérdidas actuales o previstas, o disminución persistente de ingresos o ventas, con un criterio de persistencia por trimestres), y se describen también las causas técnicas, organizativas y productivas.

No todo termina “porque la empresa despide”. Si existe un incumplimiento grave empresarial (por ejemplo, impagos o retrasos continuados de salario, modificaciones sustanciales sin respetar el procedimiento, u otros incumplimientos graves), el trabajador puede solicitar la extinción del contrato. En ese caso, el estatuto reconoce derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.

Calculadora Despido Colectivo

l despido colectivo (ere) se produce cuando, en un periodo de 90 días, la extinción por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción alcanza determinados umbrales en función del tamaño de la empresa. La norma también define estas causas y prevé supuestos de cese total de actividad con plantilla superior a cinco trabajadores.

En términos de cálculo, lo clave es identificar que estás ante un procedimiento colectivo y no ante una suma de despidos “individuales” y, sobre todo, no perder de vista que el resultado puede depender de acuerdos colectivos y de cómo se articule el proceso.

El despido colectivo debe ir precedido de un periodo de consultas con la representación legal de las personas trabajadoras, con duración máxima prevista y con un contenido mínimo: evitar o reducir despidos y atenuar consecuencias mediante medidas sociales (recolocación, formación, etc.).

Modificación sustancial de condiciones de trabajo

Una modificación sustancial puede afectar, entre otras materias, a jornada, horario, turnos, sistema retributivo, funciones, etc. Si la modificación perjudica al trabajador, en determinados supuestos existe la opción de rescindir el contrato con derecho a indemnización: 20 días de salario por año de servicio, prorrateado por meses, con un máximo de nueve meses.

Este es un punto donde la calculadora resulta especialmente útil, porque muchas personas comparan una cifra de “despido” cuando en realidad están ante una extinción indemnizada por modificación sustancial.

Cuando un traslado exige cambio de residencia, debe estar justificado por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, y hay plazos de preaviso. Una vez notificado el traslado, el trabajador puede optar entre aceptar el traslado (con compensación de gastos) o extinguir el contrato con indemnización de 20 días por año, prorrateada por meses, con tope de 12 mensualidades.

En la extinción por expiración del tiempo convenido o finalización de la obra o servicio (cuando proceda según el régimen aplicable), puede existir indemnización. Con carácter general, el estatuto contempla una indemnización de 12 días de salario por año de servicio (prorrateando por meses), con exclusiones expresas para contratos formativos y contratos de sustitución.

La disposición transitoria que escalonó estos importes explica la evolución histórica de la cuantía y ayuda a entender por qué contratos antiguos pueden tener reglas distintas según fechas.

Si se extingue el contrato por muerte, jubilación o incapacidad del empresario persona física, o por extinción de la personalidad jurídica del contratante, la norma prevé una indemnización equivalente a un mes de salario.

El llamado contrato de fomento de la contratación indefinida existió como modalidad específica, pero la reforma laboral de 2012 generalizó la indemnización de 33 días para el despido improcedente y suprimió esa modalidad contractual. Aun así, los contratos de fomento celebrados antes de la entrada en vigor de esa reforma continúan rigiéndose por la normativa bajo la que se concertaron, y por eso tiene sentido que una calculadora contemple supuestos “históricos” cuando el contrato es antiguo.

  • El cálculo cambia según el tipo de extinción: improcedente (33 días y topes) frente a objetivo (20 días y topes) y frente a extinciones indemnizadas por modificación sustancial o movilidad.
  • Si tu contrato es anterior al 12 de febrero de 2012, el improcedente suele requerir doble tramo 45/33, con límites específicos.
  • Contrato temporal y modalidades especiales pueden tener reglas y exclusiones propias, que conviene revisar antes de dar por buena una cifra.
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