Despidos Colectivos ERE o individuales: nos han despedido a varios trabajadores a la vez o por grupos
Hoy hablamos de los despidos colectivos, o ERE, respecto a los despidos individuales. Con el retorno más o menos exitoso a la normalidad tras la pandemia del covid-19, muchas empresas están empezando a despedir a grupos de trabajadores, en ocasiones dejando semanas entre unos despidos y otros.

¿Qué es un despido colectivo?
Esta técnica empresarial, denominada “despido por goteo” es utilizada para evitar los despidos colectivos o EREs extintivos, que requieren la negociación con la representación de los trabajadores y la intervención de la autoridad laboral.
Así, para evitar estos trámites -y también el desprestigio que supone para las grandes empresas los despidos en masa-, se opta por despedir de manera individual a grupos de trabajadores comunicándoles las causas del despido objetivo (ya sean económicas, técnicas, organizativas o de producción) y abonándoles de manera simultánea la indemnización del despido colectivo correspondiente a 20 días por año trabajado, con el límite de una anualidad salarial.
En este vídeo te explicamos Despidos de varios trabajadores individuales de la misma empresa, una MALA PRÁCTICA.
¿Qué umbrales tiene un despido colectivo?
Los umbrales que la empresa no puede rebasar (art. 51 del Estatuto de los Trabajadores) en este tipo de cese de relación contractual.

Cuando la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, afecte, en un período de 90 días, al siguiente número de trabajadores:
- 10 trabajadores, en las empresas que ocupen menos de 100 trabajadores.
- El 10% del número de trabajadores de la empresa en aquéllas que ocupen entre 100 y 300 trabajadores.
- 30 trabajadores en las empresas que ocupen más de 300 trabajadores.
¿Si afecta a toda la plantilla el despido?
Cuando la extinción de los contratos de trabajo afecte a la totalidad de la plantilla de la empresa, siempre que el número de trabajadores afectados sea superior a cinco.
Plazo de 90 días
De esta forma, debe tomarse en consideración que el plazo de 90 días empieza a contar desde la fecha de efectos del primer despido (o grupo de despidos) y en el número de trabajadores afectados se contabilizará la totalidad de la plantilla incluidas las bajas incentivadas, los contratos temporales en fraude de ley y los despidos calificados judicialmente como improcedentes o nulos.
Nulidad de los despidos
Estos despidos de grupos de trabajadores acostumbran a ser fraudulentos y pueden conllevar la improcedencia e incluso la nulidad de todos de los despidos.
Para saber más sobre el despido colectivo del BBVA del 2021 visita nuestro reciente artículo del blog.