¿Qué es la contrata laboral y qué consecuencias tiene?

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Una contrata laboral es un negocio jurídico que se da cuando una empresa requiere a otra la realización de obras o servicios para su actividad productiva habitual y en su propio centro de trabajo. Se denominará empresa principal a la empresa que contrata los servicios y empresa contratista a aquella que los ofrece.

Contrata-laboral

Así pues, básicamente se trata de una externalización o descentralización de algunos de los servicios que la propia empresa principal necesita per que, por motivos logísticos o de coste de personal, la empresa opta por que los realice una empresa distinta. Estas situaciones son habituales en el sector de la construcción, el mantenimiento, la limpieza o la seguridad, entre otros.

Ante esto, también se podría dar el caso de una subcontratación. En este caso, la empresa contratista, subcontrataría a su vez a otra empresa para realizar una nueva obra y servicio, siendo una especie de tercero en la cadena de contratación.

¿Cómo se regula la relación laboral de los trabajadores en la contrata?

El encargado de contratar a los trabajadores es el contratista, así pues, los trabajadores deberán responder a las indicaciones de éste, por lo tanto, la empresa ante la que el trabajador deberá responder es la contratista, tanto a nivel organizativo (turnos, horarios, retribución) como a nivel disciplinario. Así pues, los trabajadores responderán ante la empresa contratista y, a efectos de condiciones laborales estarán bajo el paraguas de la empresa contratista.

De esta forma, los trabajadores trabajarán en las instalaciones de la empresa principal, pero a nivel de derechos laborales no tendrán los de sus compañeros, los contratados por la empresa principal, sino que serán aquellos acordados por la empresa contratista.

Sin embargo, el empresario principal está obligado a comprobar que el contratista está al corriente de sus pagos a la Seguridad Social, solicitando una certificación negativa por descubiertos a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Además, una vez terminada la contrata, el empresario principal será responsable de todas las obligaciones salariales contraídas por el contratista o subcontratista con los trabajadores. Dicho de otra forma, hasta después de un año, si el contratista no pagase a sus trabajadores, el empresario principal sería el encargado de abonar los salarios debidos, aunque solamente aquellos que se hubiesen devengado durante la contrata.

Contrata y cesión ilegal de trabajadores

En general, la ley laboral, en su artículo 43 prohíbe que los trabajadores operen para una empresa distinta a aquella con la que se ha firmado el contrato laboral. En caso contrario, estaríamos ante una cesión ilegal de trabajadores. La cesión ilegal se da cuando una empresa, que no es Empresa de Trabajo Temporal (ETT), pone a disposición de otra empresa un trabajador.

Así pues, la línea que separa la cesión ilegal de trabajadores con la contrata es en algunos casos muy delgada, especialmente en los casos de contratas para exactamente la misma actividad productiva de la empresa. Se deberá prestar una especial atención a los modos de contratar para determinar si estamos ante una cosa u otra

Así pues, una contrata se da cuando la empresa contratista realiza actividad laboral propia, es decir cuenta con los instrumentos patrimonio y organización estable. Siendo esta la que aporta su propia dirección y logística, asumiendo posibles riesgos empresariales y manteniendo a los trabajadores dentro de su ámbito de dirección.

Por otro lado, algunos indicios de que existe la cesión ilegal se dan cuando la empresa principal es la que organiza las funciones de los trabajadores de la contratista, la que tiene responsabilidades disciplinarias, la que pone los instrumentos de trabajo a disposición de los trabajadores o la que determina las vacaciones. Todas estas circunstancias no son únicas y excluyentes, sino que se trata de indicios que se deberán observar uno a uno para poder determinar de qué se trata.

La consecuencia de que se concluya que una empresa está realizando una cesión ilegal es que ambas empresas responderán solidariamente de TODAS las obligaciones con los trabajadores, tanto salariales como a nivel de Seguridad Social como de indemnizaciones o salariales.

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