Los abogados de oficio promueven la asistencia legal (penal, civil, laboral, administrativa…). En este artículo conoce los REQUISITOS y cómo SOLICITAR un abogado de oficio. Los servicios de asesoramiento jurídico son un servicio privado, por norma general.
Sin embargo, dado que toda persona tiene el derecho de defender sus intereses legítimos ante los tribunales, existe el abogado de oficio.
El abogado de oficio es el designado por el Colegio de Abogados para que promueva la asistencia legal, ya sea en cualquier orden jurisdiccional (penal, civil, administrativo y laboral), cuando la persona carece de suficientes recursos económicos o simplemente no se ha designado abogado privado, siendo obligatoria la asistencia letrada.

Requisitos para solicitar abogados de oficio
La ley de asistencia jurídica gratuita establece los requisitos para solicitar asistencia:
- Ciudadanos con nacionalidad española
- Ciudadanos europeos afincados en territorio español
- Extranjeros que se encuentran en España con insuficiencia de recursos económicos.
- Entidades Gestoras y Servicios de la Seguridad Social (tienen abogado de oficio directo sin contemplar el aspecto económico)
- Personas jurídicas y/o asociaciones con utilidad pública o fundaciones (ciertas asociaciones con finalidad pública no es necesario que acrediten aspecto económico)
- Cruz roja (designación de abogado sin acreditar insuficiencia económica
Insuficiencia económica
En cuanto a la insuficiencia o capacidad económica requerida de las personas físicas, se debe atender a los diferentes parámetros siguientes, con excepción a algunos casos:
- Dos veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples ) para personas que no están integradas en unidad familiar.
- Dos veces y media del IPREM para personas integradas en la unidad familiar con más de 4 miembros.
- Tres veces el IPREM para unidades familiares de cuatro o más miembros.
Los índices del IPREM para el año 2021 son: IPREM diario: 17,93 euros, IPREM mensual: 537,84 euros; IPREM 2021 anual/ 12 pagas: 6.454,03 euros.
Hay que especificar que determinados colectivos tienen asignación directa de abogado de oficio sin tener que acreditar la insuficiencia económica, tales como:
- Simple condición de trabajador y beneficiarios de la Seguridad Social, tanto para la defensa en juicio y para el ejercicio de acciones para la efectividad de los derechos laborales en procedimientos concursales.
- víctimas de violencia de género, víctima de terrorismo y trata de seres humanos en procesos que tengan vinculación, deriven o tengan como consecuencia la condición de víctima.
- Quienes a causa de un accidente reclamen una indemnización por daños personales o morales y acrediten secuelas permanentes que les impidan totalmente la realización de las tareas de su ocupación laboral o profesión habitual
- personas con una discapacidad reconocida.
- Entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, incluido el SEPE o el IMSERSO.
- Funcionarios y el personal estatutario que accionen en jurisdicción social, pues se contempla su derecho a la justicia gratuita en los mismos términos que trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social.
Si tiene dudas de cómo contratar un abogado, puede leer nuestro artículo ¿Cómo contratar un abogado?
También existe este práctico buscador donde podrás encontrar todo tipo de abogados clasificados por provincias.
Solicitar un abogado de oficio
Para solicitar un abogado de oficio se debe acudir al Colegio de Abogados donde reside.
Cada colegio de Abogados tiene el servicio de justicia gratuita, donde le van a orientar y solicitar la documentación necesaria para tramitar el expediente con la finalidad de la obtención de justicia gratuita.
Colegios de Abogados de Barcelona
Solicitar Abogado de Oficio en Barcelona
Hay algunos puntos de información presencial, pero lo mejor es llamar al teléfono 93 422 15 45 al servicio de Orientación Jurídica y Mediadora SOJ-SOM Abogado de Oficio Barcelona. El horario es de lunes a viernes de 9 a 14 horas
en la Ciutat de la Justícia.