
Relaciones laborales de carácter especial
En nuestro Estatuto de los Trabajadores, se distinguen los trabajadores de las relaciones laborales de carácter especial, siendo aquellas que cumplen con algunos de los requisitos para considerar una relación contractual como laboral (voluntariedad, ajenidad, dependencia y remunerada) pero, por las condiciones del trabajo y sus características, necesitan una regulación